Este beneficio consiste en la cobertura o reintegro del servicio de sepelio del/la afiliado/a,
aportantes
solidarios, su cónyuge, conviviente, unida/o civilmente, hijas/os menores, e hijas/os con discapacidad
(sin límite de edad).
En caso de fallecimiento deberá comunicarse a la Compañía de Seguros Sol Naciente al: 0-800-888-7656
para consultar cual es la casa velatorio más cercana a su domicilio que brindará el servicio de
sepelio.
Requisitos:
La persona que tramite el servicio deberá presentar la siguiente documentación:
• DNI de la persona fallecida.
• Último recibo de sueldo donde figure la retención de la cuota sindical o aporte solidario.
• Documentación que acredite el vínculo con el/la afiliado/a o el aportante, cuando la persona fallecida
integra
el grupo familiar (cónyuge, conviviente, unida/o civilmente, hijas/os hasta 21 años, hijas/os
solteras/os
mayores de 21 y hasta los 25 inclusive que estén a exclusivo cargo del titular y que cursen estudios
regulares,
e hijas/os con discapacidad sin límite de edad, hijas/os del cónyuge o conviviente o unida/o civilmente,
menores cuya guarda o tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa).
• REINTEGRO DE GASTOS DE SEPELIO. Cuando no se ha podido utilizar el servicio de sepelio contratado
por UTEDYC, se podrá tramitar el reintegro de los gastos. Consultar requisitos y valores vigentes de
cobertura
en www.utedyc.org.ar
en la pestaña de beneficios o por correo electrónico a asocialzonasur@utedyc.org.ar
Este beneficio consiste en un subsidio económico para el grupo familiar del/la afiliado/a fallecido/a.
Consultar valores vigentes de cobertura en www.utedyc.org.ar en la pestaña de beneficios o por correo
electrónico a asocialzonasur@utedyc.org.ar
Requisitos:
• Acta de defunción de la afiliada/o. (*)
• Carnet de afiliación sindical de la persona fallecida o verificación en el padrón. (*)
• Último recibo de sueldo de la afiliada/o fallecida/o con el descuento de la cuota sindical. (*)
• Documentación que acredite el vínculo de parentesco entre quien perciba el subsidio con la/el
fallecida/o:
acta o libreta de matrimonio o certificado de unión convivencial, partida de nacimiento y certificado de
discapacidad, en el caso de que sea necesario. (*)
• Datos bancarios para la transferencia: No de CBU del/la beneficiario/a (en el caso de hijas/os menores
o
discapacitadas/os, se declararán los datos bancarios de las personas que asuman la tutela o curatela, o
de
quien conviva con la/el menor, lo cual deberá acreditar con una declaración jurada firmada también por
dos
testigos/os vecinas/os no familiares o acta policial o documentación de características similares).
• EL REINTEGRO SE PODRA SOLICITAR DENTRO DEL PLAZOMAXIMO DE UN AÑO, A PARTIR DEL
FALLECIMIENTO
(*) No es necesario presentar esta documentación, si la misma ya ha sido exhibida para tramitar el
beneficio
de sepelio.
Aclaración: Se considera grupo familiar para percibir este beneficio: cónyuge, conviviente, unida/o
civilmente,
hijas/os menores, e hijas/os con discapacidad (sin límite de edad). En el caso de concurrir más de un/a
beneficiario/a, el subsidio se distribuirá en tantas partes iguales como beneficiarias/os concurran.
Consultas en la Secretaría de Acción Social por correo electrónico a asocialzonasur@utedyc.org.ar o por teléfono al 4245-7353/5703 de Lunes a Viernes de 10 a 18 Hs.